La Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación ultima el lanzamiento de la segunda convocatoria de acciones de dinamización de carácter internacional, Europa Redes y Gestores 2014, contempladas en el Programa Estatal de I+D+I orientada a los Retos de la Sociedad. El presupuesto previsto para esta nueva convocatoria será de 5,3 millones de euros.
Los objetivos de estas ayudas son:
a) «Europa Redes y Gestores». Actuaciones para reforzar o crear estructuras sostenibles de gestión y promoción internacional de proyectos de I+D+I con el objetivo de promover y facilitar la participación de grupos de investigación españoles en proyectos internacionales, en especial en el Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte 2020 (en adelante, H2020). Las actuaciones propuestas deberán estar encuadradas dentro del plan estratégico internacional que cada institución implemente para fomentar y mejorar su participación en H2020, en el que se contemple la actuación coordinada entre grupos de una o varias entidades beneficiarias, para promover las sinergias entre ellas y crear redes de colaboración.
b) «Europa Investigación». Actuaciones para incrementar el número de grupos de investigación participantes en proyectos de H2020, mediante la concesión de ayudas para financiar los gastos necesarios para la preparación de propuestas colaborativas de consorcios europeos liderados por instituciones españoles y con un alto porcentaje de participación.
BENEFICIARIOS
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el Registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
e) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
f) Entidades públicas y entidades privadas sin fin de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y que generen conocimiento científico o tecnológico.
g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
La unidad encargada de ordenar e instruir el procedimiento de concesión de estas actuaciones será la Dirección General de Investigación Científica y Técnica, a través de su Subdirección General de Proyectos Internacionales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario